Dos épocas distintas y una pregunta que continúa abierta

Dos épocas distintas y una pregunta que continúa abierta

José Manuel Sevillano Martín – Pablo Hasél

Por Miguel Hernández Bernárdez

¿Hasta dónde puede llegar un estado frente a quienes se enfrentan a él? José Manuel Sevillano y Pablo Hasél: memoria, prisión y libertad.

Hay nombres que desaparecen de los periódicos pero que no deberían desaparecer de la memoria colectiva. Nombres pertenecientes a generaciones diferentes, a circunstancias diferentes y también a historias judiciales diferentes. José Manuel Sevillano Martín y Pablo Hasél no son dos casos idénticos y sería un error presentarlos como tales. Pero sus historias permiten volver sobre las cuestiones que una sociedad democrática nunca debería dejar de discutir: la prisión, la protesta, la libertad de expresión, los límites del poder y la dignidad humana.

José Manuel Sevillano Martín tenía solamente 30 años cuando murió el 25 de mayo de 1990 en el Hospital Gregorio Marañón de Madrid. Pero existe otro hecho igualmente imposible de borrar: Sevillano murió después de una larguísima huelga de hambre iniciada el 30 de noviembre de 1989 para protestar contra la política de dispersión penitenciaria aplicada a presos de los GRAPO. Tras meses de deterioro físico, sufrió graves paradas cardiorrespiratorias y finalmente falleció en el Gregorio Marañón. Tenía treinta años.

El Archivo Gráfico del propio Ministerio de Inclusión conserva hoy el registro de su fallecimiento y señala que murió de una parada cardíaca tras 177 días de huelga de hambre. Recordar esa muerte no significa justificar la violencia de los GRAPO ni olvidar a sus víctimas. Una democracia debe ser capaz de sostener las dos afirmaciones al mismo tiempo: condenar la violencia política y, a la vez, examinar críticamente las políticas penitenciarias del Estado y las consecuencias humanas que puedan producir.

Más de tres décadas después, otro nombre plantea un debate diferente pero relacionado con los límites del poder punitivo: Pablo Hasél, nombre artístico de Pablo Rivadulla Duró. Hasél entró en prisión el 16 de febrero de 2021. La condena que provocó su ingreso fue de nueve meses y un día de prisión por enaltecimiento del terrorismo, además de multas por injurias y calumnias contra la Corona y las instituciones del Estado, a raíz de publicaciones en redes sociales y una canción. El Tribunal Supremo confirmó la condena.

Su caso provocó un intenso debate nacional e internacional sobre libertad de expresión. Amnistía Internacional ha sostenido expresamente que el procesamiento y la condena relacionados con aquellas expresiones constituyeron una restricción ilegítima de su derecho a la libertad de expresión y ha reclamado una reforma de las disposiciones del Código Penal que considera desproporcionadas.

Pero también hay que contar la otra parte para que nadie pueda desacreditar este artículo diciendo que oculta información. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos declaró inadmisible en noviembre de 2023 la demanda de Hasél y consideró que los tribunales españoles habían ponderado la libertad de expresión y que las penas examinadas no habían sido desproporcionadas.

Además, no toda la permanencia actual de Hasél en prisión puede atribuirse exclusivamente a canciones y tuits. Amnistía Internacional señala que la pena directamente relacionada con esos actos de expresión quedó cumplida en marzo de 2023 y que continúa encarcelado por otras condenas no relacionadas con la libertad de expresión.

Precisamente por eso el debate debe hacerse con hechos y no con consignas.

Hasél sigue siendo rapero, poeta y escritor desde la cárcel. En estos años ha continuado escribiendo y publicando. En 2026, después de más de cinco años privado de libertad, continúa defendiendo públicamente sus posiciones políticas y rechazando acogerse a determinados beneficios penitenciarios que considera incompatibles con sus convicciones. Su salida definitiva está prevista, según las informaciones disponibles, para abril de 2027.

Entre José Manuel Sevillano y Pablo Hasél hay más de treinta años de distancia y muchas diferencias. No deben confundirse sus causas, sus condenas ni sus circunstancias.

Pero existen preguntas que atraviesan ambas historias: ¿Qué clase de sociedad queremos construir cuando una persona protesta desde una celda? ¿Dónde debe situarse el límite entre seguridad y derechos? ¿Hasta dónde debe alcanzar el derecho penal frente a una canción, un poema, un tuit o una opinión radical? ¿Puede una democracia considerarse más fuerte cuanto más castiga determinadas palabras, o precisamente demuestra su fortaleza cuando es capaz de soportar las expresiones que más incomodan al poder?

La libertad de expresión no significa que toda afirmación sea cierta ni que cualquier conducta quede impune. Tampoco convierte, automáticamente, en héroe quien se enfrenta al Estado. Pero la libertad de expresión pierde buena parte de su sentido si solamente protege las palabras educadas, mayoritarias o agradables.

Por eso recordar a José Manuel Sevillano obliga a hablar de aquella huelga de hambre y de aquella muerte sin ocultar su pertenencia a los GRAPO. Y hablar de Pablo Hasél obliga a denunciar los problemas que organizaciones de derechos humanos observan en determinadas leyes españolas, pero sin ocultar tampoco las demás condenas judiciales que pesan sobre él.

La memoria necesita verdad. Y la verdad necesita memoria.

Las generaciones que vivieron la guerra, la dictadura y la Transición saben mejor que nadie que los derechos nunca deben darse definitivamente por conquistados. Cada generación tiene responsabilidad de conocer lo ocurrido, discutirlo y transmitirlo a quienes vienen detrás.

José Manuel Sevillano Martín murió en 1990. Pablo Hasél continúa encarcelado en 2026. Dos nombres. Dos épocas. Dos historias distintas.

Y una misma obligación democrática: no aceptar que el silencio sustituya a la memoria, ni que la memoria sea utilizada para esconder los hechos.

Porque recordar no significa estar de acuerdo con todo lo que hizo una persona. Recordar significa negarse a que su historia desaparezca.

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