Resolución final del Tribunal de los Pueblos sobre la Complicidad con el Genocidio Palestino

Resolución final del Tribunal de los Pueblos sobre la Complicidad con el Genocidio Palestino

Por Agencia LQS*

Resolución final: “Declaración de Madrid»
Presidencia: Rabab Abdulhadi, Luz Gómez, Raji Sourani. Secretaría: Pablo Gutierrez Vega

I. Naturaleza y Mandato del Tribunal

1. El Tribunal de los Pueblos sobre la Complicidad con el Genocidio Palestino en el Estado Español (TPCGP-25) es un tribunal de conciencia, integrado por personalidades del ámbito jurídico, académico, cultural y de defensa de los derechos humanos, convocado por la Red Universitaria por Palestina (RUxP) y organizaciones de la sociedad civil con el fin de examinar, desde la perspectiva del derecho internacional y la ética pública, la conducta de actores estatales y no estatales en sus vínculos con la ocupación, el apartheid y genocidio del pueblo palestino.

2. Este Tribunal no posee autoridad jurisdiccional estatal ni aspira a ello. Sigue la tradición de los Tribunales Russell I y II, reconocidos internacionalmente por su contribución a la denuncia de violaciones masivas de derechos humanos y al fortalecimiento de la conciencia moral universal. Su objetivo es estudiar, comprender y movilizar a la sociedad civil española.

3. El Tribunal examina la posible responsabilidad, por acción u omisión, del Estado español y de las empresas, organizaciones e instituciones de su jurisdicción que contribuyen a y/o se benefician de las graves violaciones del derecho internacional humanitario y el derecho internacional de los derechos humanos en el contexto citado, incluyendo su eventual incumplimiento del deber de prevenir crímenes internacionales como crímenes de guerra, lesa humanidad o genocidio.

II. Competencia Material y Marco Normativo

4. El Tribunal examina los hechos a la luz de los principios y normas reconocidas por:

* La Carta de las Naciones Unidas.

* Los Convenios de Ginebra de 1949 y sus Protocolos Adicionales.

* La Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio (1948).

* El Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, en cuanto expresión codificada del derecho penal internacional.

* El corpus del derecho internacional de los derechos humanos y los principios generales del derecho reconocidos por la comunidad de naciones.

* Los principios rectores sobre las empresas y los derechos Humanos de Naciones Unidas para “proteger, respetar y remediar” (Resolución 17/4 2011)

* La doctrina consolidada por los Tribunales Russell y el Tribunal Permanente de los Pueblos sobre derechos de los pueblos, autodeterminación y responsabilidad indirecta o por complicidad.

III. Sobre los Hechos y las Evidencias Consideradas

Tras las investigaciones, el análisis y la evaluación de los informes presentados por los equipos de trabajo de las siete mesas temáticas, el Tribunal considera acreditados los hechos presentados y emite las siguientes conclusiones:

5. Se ha expuesto y documentado que el Estado español lleva décadas colaborando con la ocupación, el apartheid y la Nakba permanente y con el genocidio en último término, violando la legalidad internacional y, con ella, la prohibición a los estados terceros de ayudar o asistir a otro en la comisión de crímenes internacionales. El gobierno español tenía y tiene pleno conocimiento de las ilegalidades y crímenes de guerra cometidos por el Estado israelí, sin que esta información haya motivado las medidas correspondientes para suspender relaciones económicas ni diplomáticas, ni para imponer las sanciones obligadas por numerosas resoluciones internacionales.

6. Un caso de especial relevancia es el relativo a la Global Sumud Flotilla, atacada por las fuerzas de ocupación israelí, que secuestraron, maltrataron y deportaron a 49 personas con pasaporte español. El gobierno “actuó” abandonando la obligación legal de tomar las medidas necesarias para proteger los derechos de sus ciudadanos.

7. La expansión de la industria bélico-policial-securitaria, junto con las prácticas de cabildeo del sionismo, alimenta la trama de intereses empresariales, sociales y políticos que marcan las agendas de los agentes implicados. Esta trama de intereses se sostiene y refuerza sobre una “simbiosis estatal-corporativa” en la que las administraciones públicas de estados cómplices como el español actúan a modo de apéndices instrumentales de los mercados, muy especialmente de las corporaciones dedicadas a la producción de daño y muerte.

8. Una red de empresas estatales, nacionales e internacionales participa activamente del negocio del genocidio, prestando servicios, fabricando productos, alimentando la maquinaria económica y logística de la ocupación y reforzando sus lógicas de captura del espacio y opresión sistemática.

9. Durante los últimos dos años, los puertos del Estado español se han convertido en enclaves cruciales de las rutas que abastecen de armas y energía al régimen genocida de Israel. Estos puertos, infraestructuras públicas financiadas con recursos colectivos, se han convertido en nodos logísticos de una maquinaria genocida que sostiene la ocupación, el apartheid y la destrucción sistemática de Palestina. Rutas y escalas se repiten regularmente, con los puertos de Algeciras, Valencia, Barcelona, Cartagena y la base naval de Rota desempeñando papeles distintos en una misma red. Los puertos españoles son piezas de una logística genocida integrada.

10. La evidencia presentada demuestra que la Banca Armada ha desempeñado un papel crucial en la producción y uso de las armas utilizadas en Gaza. Los bancos Santander y BBVA, seguidos por Caixabank, Ibercaja, Banca March… son a la vez beneficiarios y facilitadores imprescindibles del exterminio del pueblo palestino.

11. Ha sido documentado que empresas del sector de la obra civil y las infraestructuras se han beneficiado de la ocupación y el apartheid, puesto que han colaborado y participado en proyectos desarrollados en los territorios ocupados que violan los principios los derechos de la población palestina. Constructoras españolas están asociadas a proyectos energéticos y de infraestructuras viarias o ferroviarias.

12. Se ha documentado que hay corporaciones multinacionales extractivas israelíes con filiales en España y directamente cómplices con el genocidio. Se ha constatado que entidades públicas, académicas y financieras funcionan de forma entrelazada y mantienen relaciones con estas empresas cerrando los ojos ante sus violaciones de los derechos humanos.

13. Se ha documentado que, en ámbitos fundamentales para la supervivencia del pueblo palestino –como el agua, la energía y los bienes y servicios básicos–, empresas españolas e israelíes obtienen importantes beneficios.

14. Se entiende probada la conexión del capital inmobiliario, los fondos de inversión y ciertas instituciones españolas con fondos de inversión israelís y estodounidenses responsables de la violación de los derechos de los palestinos, siendo numerosas las filiales de empresas israelíes que operan en el territorio español. El sector turístico se presenta como una de las áreas de negocio más lucrativas para ambas partes.

15. Queda documentado que el mercado de la ciberseguridad en España está dominado por la tecnología israelí, directa e indirectamente –a través de empresas estadounidenses vinculadas a capital israelí–, en el ámbito de las administraciones públicas y en el privado, y que las empresas tecnológicas son actores clave en la perpetración del genocidio palestino, así como para el régimen de apartheid preexistente.

16. Se expone que los medios de comunicación no son espectadores sino actores estructurales del genocidio: seleccionan, enmarcan, silencian o amplifican mensajes de blanqueamiento del sionismo y de deshumanización de la resistencia palestina. La cobertura mediática de Gaza en 2023–2025 muestra enfoques y posiciones políticas de complicidad con el genocidio presentadas frecuentemente como “neutrales”.

17. La incitación al genocidio se produce mediante la difusión por los medios de comunicación masiva de discursos que deshumanizan al pueblo palestino y potencian o justifican las acciones de Israel.

18. Israel ejecuta un culturicidio que busca desarticular la memoria colectiva, quebrar la transmisión intergeneracional y destruir la identidad nacional del pueblo palestino. El Estado español participa en la legitimación de la ocupación israelí, el apartheid y el genocidio mediante la promoción cultural, proyectando una imagen distorsionada y favorable de Israel. La colaboración cultural toma así un carácter estratégico.

19. Ha quedado documentado que la influencia de Israel en espacios culturales contribuye a la aceptación social de políticas ilegales y la invisibilización de los crímenes cometidos contra las y los palestinos. Una red cultural de complicidad integra los campos económico, simbólico y mediático bajo una estrategia de legitimación efectiva y estructural.

20. La presencia de Israel en el contexto deportivo español se observa en multitud de áreas. Entre ellas destaca la inversión de capital israelí y/o sionista en clubes como el Atlético de Madrid o el Movistar Team, el negocio de la retransmisión de eventos deportivos por empresas cercanas a Netanyahu, como DAZN, o la compra de tecnología israelí por organismos españoles como La Liga o el FC Barcelona. En España, numerosos clubes y eventos deportivos cuentan con patrocinadores vinculados a las prácticas genocidas, de ocupación ilegal y de apartheid que Israel lleva a cabo en Palestina. Junto al patrocinio privado, la participación de organismos públicos, corporaciones municipales y gobiernos de comunidades autónomas evidencia su colaboración en la vulneración de los derechos fundamentales del pueblo palestino.

21. En el ámbito del mercado sanitario queda documentado que, pese a las reiteradas declaraciones de personal sanitario y personas expertas en salud pública sobre las atrocidades cometidas contra la población civil en Gaza, una gran mayoría de academias, asociaciones y sociedades científicas de medicina, enfermería o farmacia, así como organizaciones profesionales de la salud, se ha mantenido en silencio y ha ignorado por completo las obligaciones impuestas por sus códigos deontológicos. En términos materiales, la complicidad con el genocidio en el ámbito médico tiene su principal exponente en el gigante farmacéutico TEVA.

22. Una parte significativa de las universidades del Estado español sigue participando en consorcios de investigación, manteniendo convenios de colaboración, cátedras y programas de movilidad con universidades e instituciones de investigación israelíes. Está documentado que algunas de estas colaboraciones implican la investigación para el desarrollo de tecnología de doble uso.

23. Así mismo, se ha documentado la amplia colaboración de las universidades y centros de investigación españolas con empresas presentes en los territorios ocupados o que participan de la economía del apartheid y el genocidio.

24. Centros educativos y universidades del estado español replican la lógica de eliminación colonial que se implementa en Gaza y en Palestina, mediante una censura disfrazada de imparcialidad.

VII. Consideración Final

25. El Tribunal declara que esta Resolución se emite con la convicción de que la voz de la conciencia colectiva es un instrumento indispensable frente a la impunidad, especialmente cuando los mecanismos institucionales formales son insuficientes o lentos para responder a la gravedad de los hechos.

La actual fase del genocidio nos obliga a continuar con este trabajo de documentación, denuncia y memoria. Instamos a todos los participantes y colaboradores en este Tribunal a seguir con trabajos iniciados.

En Madrid, Facultad de Ciencias Políticas y Sociología de la UCM, a 29 de noviembre de 2025.
* Tribunal de los Pueblos sobre la Complicidad con el Genocidio Palestino en el Estado Español [UCM, MADRID, 28-29.11.2025]

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