La obligación de empadronar y el Derecho a tener Derechos

La obligación de empadronar y el Derecho a tener Derechos

Por Turón Valle

El empadronamiento es un medio de reconocimiento institucional, implica ser visible para la administración pública. Sin este reconocimiento, las personas quedan expuestas a la invisibilidad administrativa que las expone a múltiples formas de exclusión social….

El 20 de febrero, en el Ateneo la Maliciosa se presento el informe EL DERECHO A TENER DERECHOS, sobre las barreras en el acceso al empadronamiento en el estado español. El informe detallada los fundamentos legales que amparan el derecho a empadronarse y las principales
trabas y barreras que se observan en la práctica y las consecuencias humanas y sociales de esta vulneración de derechos.

La Coordinadora Estatal “Padrón por Derecho” es una red de organizaciones que representa y articula el trabajo conjunto de las organizaciones que la conforman, orientada a mejorar y multiplicar el impacto de nuestras acciones en el acceso al empadronamiento de los colectivos en situación de vulnerabilidad, a través de la generación e intercambio de conocimiento colectivo, la movilización social, la denuncia, la sensibilización y la incidencia política, a un nivel estatal.

El marco jurídico español que regula el empadronamiento es explícito en señalar que toda persona que habite en un municipio debe y tiene derecho a inscribirse, sin distinción de nacionalidad, situación administrativa nacionalidad,situación administrativa o condición habitacional.

NADIE PUEDE SER EXCLUIDO DE SU DERECHO A EMPADRONARSE, NI SE LE PUEDEN EXIGIR REQUISITOS ADICIONALES A LOS ESTABLECIDOS EN LA NORMATIVA BÁSICO.

El Tribunal Supremo, en sentencias recientes, ha recordado que el empadronamiento es un derecho administrativo básico e indisponible.
La Ley Orgánica 4/2000, de derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (Ley de Extranjería) también establece en su artículo 14.3 que “los extranjeros, cualquiera que sea su situación administrativa, tienen derecho a los servicios y prestaciones sociales básicas”, lo que implica necesariamente que deben ser empadronados para poder acceder a dichos servicio Esto se conecta con el principio de no discriminación que se desprende del artículo 14 de la Constitución Española, que prohíbe toda discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

Todo esto son algunas de las leyes que tenemos en casa y a nivel internacional mas de lo mismo pero a lo grande. Esta visto que el gran deporte de hoy en día del privilegio es jugar a saltárselas, quien de mas y quien más puede. No queda otra que entender el juego y visualizar que tenemos cuerpo, voz y existencia con el mismo derecho a tener derechos.

Estuvimos en el acto de presentación del informe, hablamos con algunas de las personas que estaban en la mesa como Abdoulai, Lucrecia, Jhonny, Maria y escuchamos a todos los participantes presentados por Pepa Torres de Red Interlavapies y Nines de la Red Solidaria de Apoyo.
Aquí os dejamos una crónica audiovisual de lo que vimos y vivimos…

⇒ Ver-descargar Informe:
El Derecho a tener Derechos

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