La impotencia del derecho internacional frente al genocidio en Gaza

La impotencia del derecho internacional frente al genocidio en Gaza

Por Gianni Tognoni*

Frente a una intolerable e increíble inhumanidad por parte del Estado de Israel, y en un escenario de impunidad y ausencia efectiva de la comunidad internacional, Gaza se ha transformado en un trágico laboratorio de visibilidad de la impotencia e irrelevancia del derecho internacional. En este sentido, todo paso en favor de un reconocimiento de la inviolabilidad de los derechos del pueblo palestino es el signo de un camino hacia la civilización.

El reconocimiento generalizado del estado de Palestina es aún más significativo en el marco de la arrogancia de Estados Unidos al negar la gestión de visas a los representantes oficiales de la Autoridad Palestina.

Desde el punto de vista del Tribunal Permanente de los Pueblos, un aspecto quizás más importante para aclarar los debates programáticamente confusos sobre la situación de Gaza, es lo que ha ocurrido al nivel más alto de la doctrina del derecho internacional.

La resolución sobre la situación en Gaza adoptada por una mayoría del 86% de los miembros de la Asociación Internacional de Estudiosos del Genocidio (IAGS), el 31 de agosto de 2025, adquiere especial importancia en un momento en el que se produce una coincidencia entre lo inenarrable de horrores que desafían cualquier definición penal del derecho internacional y la postura de la comunidad internacional y los dirigentes de sus instituciones, que hacen alarde de debates sobre la idoneidad del término «genocidio».

Ilustración: El muro de las lamentaciones, por Mr. Fish

El documento es, de hecho, rigurosamente técnico y neutral: enumera y califica puntualmente, con sus definiciones, los hechos referidos a partir del 7 de octubre de 2023, evitando cualquier elemento de distracción (como la connotación estrictamente político-ideológica del «terrorismo») y haciendo visibles y reconocibles todos aquellos hechos que pueden y deben ser considerados como crímenes, más allá de toda duda razonable, en términos de responsabilidad por su comisión u omisión. La grave y creciente secuencia de crímenes de guerra, crímenes contra la humanidad, limpieza étnica y genocidio se asocian puntualmente a sujetos, causas, instrumentos y enunciados precisos de naturaleza exclusivamente fáctica.

Más allá de cualquier consideración o contextualización política, la situación en Gaza emerge como un verdadero y emblemático escenario de genocidio, desde el punto de vista jurídico, por la extensión y gravedad de los datos, las pruebas contextuales y las actitudes personales.

En este sentido, también es importante citar y utilizar todo lo que se ha producido y publicado sobre esta cuestión por parte de organismos internacionales, ONG y medios de comunicación israelíes, como documentación para confirmar y apoyar el dictamen, aunque no como su componente estructural. La resolución estrictamente «jurídica» certifica con su autoridad que los análisis, indagaciones, valoraciones y hechos, que han entrado en el circuito informativo mundial, coinciden en la necesaria formulación de un juicio absolutamente coherente y transversal de los más diversos Estados sobre la política genocida de Israel y sus dirigentes militares y civiles.

Un detalle muy importante: se excluye explícitamente cualquier utilización de Hamás como justificación del comportamiento de Israel. Es la vida, la cultura y la historia del pueblo palestino el objeto específico del genocidio.

Coherente con sus objetivos técnicos, tomados como criterio exclusivo de referencia, la resolución del IASG concluye con una petición de intervención de los órganos ad hoc, de acuerdo con las disposiciones del derecho internacional, empezando por los tribunales internacionales que ya hubieran formulado sus sentencias.

Y es quizás en esta misma conclusión donde el documento «técnico» indica más explícitamente su sentido más profundo: en efecto, denuncia la capacidad y la persistencia de la mentira programada de la actual sociedad de Estados respecto a su precisa tarea de utilizar el derecho como instrumento al servicio de la vida de las personas, y no como excusa para dejar intactos a los poderes responsables, y confiar la vida y la identidad presente-futura de un pueblo a la consumación de su genocidio.

* Artículo publicado en la Revista América Latina en Movimiento No. 557

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